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La Protección de Datos en la era Post-Covid

Por Alfredo Diez profesor “El riesgo en los tratamientos de datos personales” en el máster en  Dirección de Compliance & Protección de Datos de la EIP International Business School ha querido compartir con nosotros un

La Protección de Datos y el Covid-19

El Covid-19 o Coronavirus ha venido a cambiar nuestro mundo, aún no sabemos si para siempre, y la protección de datos o el derecho a la intimidad no iba a ser una excepción.

Si en las sociedades avanzadas, al menos en las europeas, parecía claro que la protección de datos se había configurado como un derecho indispensable en constante crecimiento, esta pandemia ha hecho que la lucha entre intimidad y seguridad vuelva a saltar a la palestra. No es nuevo. Ya tras los atentados del 11-S vivimos una situación semejante en la que ciertamente se limitaron algunas de las exigencias del derecho a la intimidad en pos de la seguridad ciudadana. En este caso la seguridad a proteger es biológica, nuestra salud.

En este escenario debemos preguntarnos en primer lugar si la pandemia elimina nuestro derecho a exigir el respeto a nuestra privacidad, y la respuesta debe ser rotundamente: NO. Ahora bien, si es cierto que temporalmente existirán una serie de circunstancias especiales.

A este respecto merece la pena detenerse en algunas de ellas:

  • Las empresas y organizaciones estarán habilitadas para tomar la temperatura a sus trabajadores o usuarios, e incluso en algunos casos realizar otra serie de exámenes médicos.
  • Los trabajadores y usuarios estarán obligados a declarar un positivo o síntomas relacionados con el COVID.
  • Las empresas y organizaciones estarán habilitadas para tratar estos datos de salud de sus empleados y/o usuarios.
  • Las empresas y organizaciones podrán establecer sistemas de rastreo de contactos mediante tecnologías como bluetooth o wifi que permitan establecer los contactos de la persona ante un eventual positivo, solamente mientras estas personas se encuentren en sus instalaciones.

Para establecer esta serie de controles se deben cumplir tres requisitos ineludibles:

  • El usuario debe estar informado de que controles se realizan y como se utiliza esa información.
  • Los datos se tratarán siempre por departamentos de Prevención de Riesgos Laborales o personal debidamente acreditado.
  • Los datos se tratarán de forma anonimizada y confidencial.

Para cerrar este análisis cabe mencionar que todas estas especialidades decaerán en cuanto lo haga la situación de pandemia, y que cualquier utilización posterior de los mismos deberás ser estudiada y adaptada a la legalidad vigente.

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